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EL DERECHO COMO SISTEMA NORMATIVO, Apuntes de Derecho Constitucional

Asignatura: Derecho constitucional I, Profesor: jose angel marin, Carrera: Derecho, Universidad: UJAEN

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 26/03/2017

sofidaavsvs9pqe
sofidaavsvs9pqe 🇪🇸

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¡Descarga EL DERECHO COMO SISTEMA NORMATIVO y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity! 1 TEMA 1.1- EL CONCEPTO DE DERECHO. 2 TEMA 1.- EL CONCEPTO DE DERECHO. 1.- EL CONCEPTO DE DERECHO 2.- EL DERECHO COMO SISTEMA NORMATIVO 3.-VALIDEZ, EFICACIA Y JUSTICIA 5 1.- EL CONCEPTO DE DERECHO 6 ¿QUÉ ES EL DERECHO? (Connotaciones) ¿ES FÁCIL DEFINIR EL DERECHO? 7 A) FENÓMENO MULTIDISCIPLINAR El Derecho es un fenómeno multidimensional que puede estudiarse desde múltiples y numerosas perspectivas o puntos de vista: – Ciencia. – Sinónimo de Justicia. – Sistema de normas – Derecho subjetivo (facultad o potestad jurídica) Derecho Natural - Valores y principios que se encuentran en la conciencia y en la naturaleza de los hombres. - Valores universales y eternos. Derecho Positivo -Normas jurídicas dictadas por el Estado para regular las relaciones de los hombres en sociedad. -Normas temporales y para una comunidad determinada. 10 11 IUSNATURALISMO (Kant): es una corriente que establece, que existen principios normativos esenciales al orden social, que se fundan en la naturaleza humana, se imponen al hombre por la fuerza de la propia naturaleza y puede conocerlos por la razón. Consideran que existen unos principios de justicia que son validos y únicos universalmente. Son principios que no cambian y que vienen dados por el Derecho Natural (Dios, la naturaleza…) que es el único en el que debe basarse el Derecho Positivo. 12 POSITIVISMO (Hans Kelsen, Herbert Hart) es una corriente filosófica que establece, que el único Derecho válido es el que emana de la autoridad competente (Estado) y estará vigente para un lugar y una época determinada y concreta, independientemente del contenido de este Derecho y de su criterio de moralidad. Para esta corriente el Derecho puede ser cambiante pudiendo existir distintos derechos a lo largo del tiempo y en el espacio. (Derecho en la democracia, Derecho en la dictadura …) Realismo lolo » Identifica el Derecho con las decisiones normativas. » El derecho no está formado por enunciados jurídicos ideales acerca de lo que es obligatorio. » El Derecho está compuesto por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal. » Da mas importancia a la eficacia de una norma que a su validez. 15 16 C) PROBLEMAS QUE PLANTEA EL LENGUAJE EN DERECHO El Derecho: - Es un término, una palabra, que pertenece al lenguaje natural y usual de los humanos. -Es una palabra que se utiliza para referirnos a varios conceptos. Ambas cuestiones plantean problemas: a-AMBIGÜEDAD b-VAGUEDAD c-EMOTIVIDAD a.- AMBIGÜEDAD con el Derecho podemos referirnos a: – Conjunto de normas que pertenecen al O.Jurídico: leyes, decretos-ley, decretos legislativos, reglamentos… – Facultad o posibilidad de actuación. Derecho subjetivo. Tener Derecho a circular, a trabajar, a ser igual que otro, a inscribir mis propiedades, a casarme… – Ciencia jurídica: Serían el conjunto de teorías, propuestas, reflexiones que los especialistas, estudiosos o juristas realizan en torno al ordenamiento jurídico o sus instituciones. – Sinónimo de justicia: “no hay derecho a..” 17 c.-EMOTIVIDAD. Connotaciones buenas o malas que nos traen determinadas palabras. Ej. ¿Qué connotaciones nos traen las palabras: Pecado, amor, atentado, libertad?... ¿…y Derecho? Considerar algo como Derecho, implica concederle cierta dosis de obligatoriedad y reconocimiento y muchas veces suele evidenciarse esa emotividad cuando se utiliza como sinónimo de justicia 20 Son varios, los problemas que surgen para definir el término derecho: – Es un fenómeno multidisciplinar, – Podemos partir de varias concepciones o teorías del pensamiento: iusnaturalismo, positivismo y realismo jurídico – Al pertenecer al lenguaje natural y formar parte de nuestro bagaje cotidiano, se plantean problemas de: ambigüedad, vaguedad, y emotividad del lenguaje Todo ello nos hace más difícil dar una definición de DERECHO. 21 22 D) DEFINICIÓN DE DERECHO Para definir el derecho necesitamos recordar: 1º El Derecho siempre nos rodea y nos acompaña en todas las facetas de la vida. Ej. el amor en una pareja, el nacimiento de un niño. Cualquier hecho cotidiano puede tener un efecto jurídico. 2º El ser humano es un ser social y como tal convive con otros individuos. Al vivir en sociedad, surgen conflictos de intereses. Se hace necesaria una regulación de esa coexistencia. El Derecho se encarga de regular la convivencia y ordenar los objetivos de una determinada sociedad según los valores imperantes en él. 25 Definición de Derecho: “Una técnica de organización de las conductas humanas que pretende conseguir sus objetivos a través del establecimiento de determinados modelos o patrones de conducta, expresados a través de normas que se agrupan en lo que llamamos ordenamiento jurídico.” 26 2.- EL DERECHO COMO SISTEMA NORMATIVO 27 A) CONCEPTO El Derecho es “una técnica de organización de las conductas humanas que pretende conseguir sus objetivos a través del establecimiento de determinados modelos o patrones de conducta, expresados a través de normas, pero que no son normas independientes sino que se agrupan en lo que llamamos ordenamiento jurídico que debe ser:coherente, único y pleno.” 30 B) Características del ordenamiento jurídico: 1.- La UNIDAD. 2.- La COHERENCIA. 3.- La PLENITUD. ¿A que se refiere la Unidad del Ordenamiento jurídico? 31 1.- La UNIDAD. Este concepto suele referirse a la norma de cierre, que sirve como fundamento a los restantes elementos del sistema jurídico. La norma de cierre es, la en última instancia, establece los criterios y el fundamento de validez de las normas que pertenecen a un único Ordenamiento Jurídico. ¿Cual sería la norma de cierre en el sistema jurídico español? 2.- La COHERENCIA. Es el elemento que exige del Ordenamiento jurídico, que cuando surja un problema, este no ofrezca soluciones contrarias o contradictorias; y que si esto se produce, existan mecanismos capaces de salvar esta arbitrariedad, es decir, que exista siempre una solución única y válida. Criterios de solución a antinomias. (Una Antinomia se produce cuando a un mismo supuesto de hecho, se podrían aplicar normas jurídicas distintas con efectos jurídicos distintos o incompatibles). ¿A qué nos referimos con la Plenitud del Ordenamiento jurídico? 36 3.- La PLENITUD. Con este elemento el ordenamiento jurídico siempre tiene que ofrecer una solución a cualquier problema jurídico que se le presente. Siempre habrá una norma del propio ordenamiento jurídico que ofrecerá una solución a un caso que pueda plantearse, evitando que existan lagunas de ley. ( Se acude al Sistema de Fuentes del Derecho y la Analogía) 40 Teoría tridimensional del Derecho (según se manifieste) Dimensión Normativa (NORMA) Dimensión Fáctica (HECHO) Dimensión Valorativa (VALOR) 41 Para explicar lo que es el Derecho, hace falta hacer referencia a las tres dimensiones conjuntamente (estudiar el derecho como hecho, valor y norma). La visión parcial de una sola dimensión nos daría una explicación incompleta de lo que es el Derecho. 42 • Dimensión Normativa: el Derecho está compuesto por normas o “expresiones del deber ser”(orientan nuestras conductas) mediante las cuales determinadas conductas se consideran obligatorias, otras prohibidas y otras permitidas. • Dimensión Fáctica: el Derecho es un hecho. Se hace referencia al fenómeno jurídico en la sociedad. El Derecho que organiza un grupo humano. El Derecho que regula y orienta determinadas conductas • Dimensión Valorativa: las normas jurídicas contienen valores, no son neutras. Expresan la opción que toma una sociedad concreta respecto a unos determinados principios y valores. Ej. Igualdad, libertad… Y sirven para evaluar positiva o negativamente las acciones de los individuos . 45 3.-VALIDEZ, EFICACIA Y JUSTICIA Rasgos del Derecho. 46 El Derecho tiene naturaleza normativa, ordena las conductas de los individuos o las sociedades de determinada forma. Se expresa mediante proposiciones. Hay dos tipos de proposiciones. – Las proposiciones descriptivas son las que expresan un ser, una realidad o un hecho y podemos decir que son verdaderas o falsas. Ej. Hoy hace frío. – Las proposiciones prescriptivas (las normas),son las que expresan un deber ser, algo que debemos hacer. Ej. No se debe robar. El derecho son proposiciones prescriptivas 47 ¿Podemos decir que las normas son verdaderas o falsas? ¿Qué podemos decir de las normas? ¿Quién nos dice si una norma es válida o no? 50 51 El sistema normativo es quien nos da los parámetros y los criterios formales para decirnos si una norma es válida o no. Estos criterios pueden variar de un ordenamiento jurídico a otro, o bien ser coincidentes. Ej. No matar. Es una norma válida en Francia y en España. Válida para el sistema normativo jurídico y para el sistema normativo de la moral. Ej. Prohib.Aborto. Es valida para unos países y no para otros. Es válida para el sistema normativo jurídico, pero puede no serlo para el de la moral. ¿Cuáles son estos criterios formales que nos dicen si una norma es válida? 52 55 3.- No debe haber sido derogada por una norma posterior. (Evidentemente de igual rango o superior). Principio de Coherencia. No deben existir normas contradictorias. 4.-No puede estar en contradicción con otra norma superior a ella en el ordenamiento jurídico. Principio de Jerarquía. El sistema jurídico tiene una estructura jerárquica y por tanto las normas inferiores no pueden contradecir a las normas superiores. 56 b) EFICACIA ¿Cuándo es eficaz una norma? Una norma es eficaz si: 1.-Los sujetos a los que va dirigida la cumplen o se comportan de acuerdo con la misma. 2.-La norma se viola, es posible aplicar una sanción. 3.-Si existe una adecuación entre el mandato de la norma y los fines que se pretenden alcanzar con la norma. Ej. Normas de violencia de genero. Medida del Alejamiento.(Pulsera de alerta) Una norma no sería eficaz si no sirve para alcanzar los fines propuestos 57 ¿Cuáles serían las posibles actitudes de un sujeto frente a una norma? 61 – Cumplir la norma de forma espontánea. Ej. No matar – Cumplir la norma, sólo si existe una sanción. Ej. No circular a 120 KM/h. Multa 300 y Descuento de puntos. – No cumplir la norma, aún existiendo una sanción. Ej. Eutanasia. Aborto. 62 El incumplimiento de las normas se puede relacionar con la idea de JUSTICIA o la correspondencia entre las normas y los valores superiores o finales que inspiran un determinado orden jurídico. Un individuo cumple mejor cuando cree que debe hacerlo, cuando existen unos valores a los que se adhiere firme e internamente independientemente de la existencia de la norma. 65 d) Teorías Reduccionistas Existen ciertas corrientes doctrinales que identifican algunos de estos rasgos entre sí, son las Teorías Reduccionistas respecto a los conceptos de Eficacia, Validez y Justicia: Son Teorías que consideran: -que una norma justa es una norma válida -que una norma válida es una norma justa -que una norma válida es una norma eficaz Identificando así, entre sí, los conceptos de justicia con validez, de validez con justicia y de validez con eficacia. ¿Estas líneas de pensamiento a que Teorías del pensamiento Jurídico os recuerdan? 66 1.- Positivismo Ideológico.- Una norma justa es una norma válida. Versión extrema del positivismo jurídico: Reduce la idea de justicia a la idea de validez. Las normas jurídicas son justas por el mero hecho de ser válidas, de pertenecer al ordenamiento jurídico. Afirma el valor de la ley y la obligación de obedecerla, independientemente de su contenido ético o moral. Versión moderada del positivismo jurídico: Aunque afirma la correspondencia entre validez y justicia, le reconoce al derecho un cierto valor moral. Sería un instrumento para alcanzar determinados fines (paz, orden, seguridad…). Obedeciendo el Derecho, se lograrían fines moralmente apreciables. El Derecho no es justo en sí mismo, sino desde que sirve para alcanzar determinados objetivos; y por eso existe un deber moral de obedecer 67 ¿Qué críticas pueden hacerse al Realismo Jurídico? O. EQ 70 71 Críticas: 1-Parecen referirse al Derecho, sólo cuando el juez interviene; cuando existen conflictos e incumplimientos…pero no, en aquéllos casos en que se acatan las normas, que son la mayoría. 2-También, parecen olvidar que el poder del juez viene impuesto por una norma, y esa norma proviene del Derecho legislado. 3-Si las decisiones de los jueces son el verdadero derecho, entonces ¿qué es lo que están aplicando los jueces cuando emiten esas decisiones?
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