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1. CONCEPTO Y CONTENIDO SISTEMATICO DEL DERECHO MERCANTIL ESPAÑOL COMO DERECHO DE LA EMPRESA, Apuntes de Publicidad y Promoción

Asignatura: asfasfsaf, Profesor: asfasfgasgfasfasf afasfsf, Carrera: Publicitat i Relacions Públiques, Universidad: UA

Tipo: Apuntes

2016/2017

Subido el 31/05/2017

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4.1

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¡Descarga 1. CONCEPTO Y CONTENIDO SISTEMATICO DEL DERECHO MERCANTIL ESPAÑOL COMO DERECHO DE LA EMPRESA y más Apuntes en PDF de Publicidad y Promoción solo en Docsity! 1. CONCEPTO Y CONTENIDO SISTEMATICO DEL DERECHO MERCANTIL ESPAÑOL COMO DERECHO DE LA EMPRESA El derecho mercantil es un derecho privado y es un derecho especial porque no es general, porque se aplica a un grupo de sujetos que son los empresarios. El Derecho Mercantil es un derecho privado especial, es decir surge para adaptar las normas del Derecho Civil a las necesidades de la economía empresarial. El derecho Mercantil regula los actos jurídicos realizados en masa, y la organización necesaria para esa realización que es la empresa, es decir, el Derecho mercantil regula la empresa. Criterios colaboradores Criterio Subjetivo: el Derecho Mercantil surge en la edad media como un derecho basado en la costumbre (no era emanado por el Estado), sino que los comerciantes eran los que impusieron normas entre ellos. Criterio objetivo: en la Revolución Francesa se aplicaba el Derecho Mercantil cuando existía un acto de comercio independientemente de que sean o no comerciantes los que lo realizaran. En la actualidad lo que delimita el Derecho Mercantil es el Derecho de la empresa. Esta afirmación a de entenderse con matices ya que todas las relaciones jurídicas de la empresa no se rigen por el Dcho Mercantil sino que también se rigen por otros derechos. Ejemplo: Pago de impuestos: Dcho Fiscal Compra de una fábrica: Dcho civil El Dcho Mercantil se ocupa: Identificar el sujeto (empresario) tanto individual como social De las obligaciones que se imponen por ser empresario: obligaciones mercantiles (contabilidad, registro…) De tutelar elementos de la empresa tanto materiales como inmateriales (patentes, marcas…) De los sistemas que utiliza el empresario para llevar a cabo su actividad (contratos, títulos de valor…) Regular la crisis empresarial. II. FUENTES DEL DERECHO MERCANTIL Las fuentes del derecho las encontramos en el Art. 2 del Código de comercio: “son actos de comercio, sean o no comerciantes, quien los llevan a cabo, y regirán por las disposiciones contenidas en él, en su defecto el uso mercantil y las normas del derecho común”donde se enumeran por orden de aplicación. Las fuentes del derecho se clasifican: Fuentes en sentido formal: son las normas, forma en que se manifiestan las mismas. El Art. 1.1 del código civil establece que: “las fuentes del ordenamiento jurídico son: la ley, la costumbre y principios generales del derecho”. Las fuentes del derecho mercantil son las mismas fuentes que las del derecho civil. Fuentes en sentido material: fuerzas que producen las normas. Casi todas las normas del derecho mercantil van a estar dictadas por el Estado pero hay algunos aspectos que legislan las Comunidades Autónomas. Ley Mercantil Código de comercio de 1885: es la ley mercantil más importante, aunque actualmente está en desuso porque la realidad económica ha cambiado. Ahora se regulan con leyes mercantiles especiales. ¿Qué regula? Actos de comercio (comprendidos en el código de comercio) Estructura del código de comercio: se divide en 4 libros: Libro I: de los comerciantes y del comercio en general Libro II: los contratos especiales del comercio Libro III: regula el comercio marítimo Libro IV: suspensión de pagos, quiebras y prescripciones Leyes mercantiles especiales: son especiales porque regulan una parte del derecho mercantil. Las dicta sobre todo el Estado a partir de la entrada de España en la Unión Europea. Usos mercantil El uso mercantil es la costumbre mercantil. Es una fuente del derecho mercantil (Art. 2 C. Com). Se adaptan muy bien a la realidad económica y a las necesidades de los empresarios pero tiene el inconveniente de que no esta escrita, por tanto, es muy difícil de probar (Art. 1.3 código Civil). Condiciones generales Son una manifestación de la contratación mercantil, significa que se van a usar en contratos mercantiles. Se lleva a cabo mediante formularios. Son impuestos por una de las dos partes, que son pactadas por dos empresarios de antemano. Se incorporan a una pluralidad de contratos. Otra definición: Son condiciones o clausulas que se aplica de modo generalizado a todo tipo de contratos. Este tiene un control administrativo por parte del ministerio y tiene que estar inscritas en un registro general de condiciones generales de contratación. En materia mercantil todos los contratos funcionan mediante las condiciones generales de los contratos. Jurisdicción mercantil y arbitraje. Jurisdicción mercantil (tribunales mercantiles): se crearon con la ley 22/2003 que es una ley concursal. Se denominan tribunales de lo Mercantil. Empresario social (societario): frente a los acreedores del empresario la sociedad responde con todo su patrimonio(de la sociedad) aunque dependiendo del tipo de sociedad, los acreedores podrán acceder también al patricio de los socios incluso pueden llegar a responder los socios de una sociedad anónima o limitada por levantamiento velo(técnica aplicada en los tribunales porque piensan que los socios están abusando de la persona jurídica) Actos por los que responde el empresario. Responsabilidad contractual: es aquella que se establece mediante un contrato. Responsabilidad extracontractual: cuando no hay un contrato pero se tienen que cumplir las responsabilidades. Personas de las que responde el empresario. El empresario responde de los daños causados por los trabajadores que están a su cargo. IV. ADQUISICION DE LA CONDICION DE EMPRESARIO Capacidad: ¿Cuándo se adquiere la capacidad jurídica para ser empresario? Capacidad jurídica de las personas jurídicas: el ordenamiento jurídico exige determinados requisitos para constituir una persona jurídica. Esa persona jurídica adquirirá la condición de empresario en el momento en que se constituya esa empresa. Capacidad jurídica de la persona física: el ordenamiento jurídico exige que para que una persona física adquiera la condición de empresario tiene que ser mayor de edad y tener plena capacidad civil (Art. 4 C.Com) Excepciones (Art. 5 C.Com): los menores de 18 años y los discapacitados podrán continuar el comercio si tiene representantes legales que sean mayores de edad y tengan plena capacidad civil. Especialidades: Actividad comercial por personal casadas Art. 6 C.Com: establece que el ejercicio comercial de actividades por personas casadas están obligados los propios Para que otros bienes comunes queden obligados es necesario el consentimiento de ambos cónyuges. Este consentimiento tiene que ser expreso. También se presume el consentimiento cuando al contraer el matrimonio el cónyuge está ejerciendo el comercio El consentimiento se puede revocar (Art. 10 C.Com) Actividades comerciales por extranjeros: los extranjeros podrán ejercitar el comercio en España, pero estarán sujetos a las leyes de su país con respecto a su capacidad, y a las leyes españolas para la constitución de la empresa. En caso de conflicto deben acudir a la jurisdicción española (Art. 15 C.Com). Excepción: los ciudadanos de la Unión Europea, porqué existe libertad de capitales, mercancías, de movimiento, etc. Prohibición del ejercicio de la actividad comercial: limitaciones Las prohibiciones protegen al interés general y son de dos tipos: Absolutas (Art. 13 C.Com): no podrán ejercer el comercio ni tener cargo ni intervención administrativa o económica en compañías mercantiles o industriales las personas que sean inhabilitadas (mientras no concluya el periodo de inhabilitación) y los que por leyes o disposiciones legales no puedan comerciar. Relativas: no podrán ejercer la profesión de mercantil, por si ni por otro, ni obtener cargo ni intervención directa administrativa o económica en sociedades mercantiles e industriales, dentro de los limites territoriales en los que desempeñen sus funciones: Magistrados, jueces y funcionarios del Ministerio Fiscal en servicio activo Los jefes gubernativos, económicos o militares Los empleados en la recaudación y administración de fondos del Estado, nombrado por el Gobierno Los agentes de cambio y corredores de comercio Los que por leyes o disposiciones especiales no pueden comerciar en un determinado territorio. Limitación: es necesario obtener una autorización administrativa para ejercer la actividad comercial. Viene establecido por leyes administrativas Perdida de la condición de empresario Empresario individual: las causas del cese de la condición de empresario individual son: Por fallecimiento Por incapacidad Por cese voluntario (es necesario que se produzca la liquidación de la empresa) Empresario jurídico: cuando se disuelve la empresa y tendrá que producirse la liquidación de la empresa. Tendrá que reflejarse en el registro mercantil.
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