¡Descarga Dificultades Derecho y más Apuntes en PDF de Teoría del Derecho solo en Docsity! DIFICULTADES PARA ALCANZAR UN CONCEPTO DE DERECHO Dificultades de Carácter Semántico – Lingüístico 1 - Ambigüedad del término Derecho El término derecho posee diferentes significados. Nosotros nos ceñiremos a las acepciones que son utilizadas en el lenguaje jurídico, concretándose en estas cuatro acepciones: 1. . Derecho como conjunto de normas jurídicas. A este sentido nos referiremos como Derecho Objetivo. 2. . Derecho como facultad de hacer u omitir algo lícitamente. Sería el conocido como Derecho Subjetivo. 3. . Derecho como lo que es justo, justicia. 4. . Derecho como saber, estudio de lo jurídico. Por ambigüedad entendemos la condición que tienen ciertos términos de poseer diferentes sentidos, es decir, la polisemia de ciertos términos. Esta ambigüedad del término derecho es diferente de la homonimia accidental o polisemia, circunstancia que tiene lugar cuando una palabra posee significados diversos que no tienen relación entre sí. La ambigüedad del derecho ofrece una cierta conexión entre los distintos significados (derecho objetivo determina el derecho subjetivo) Algunos consideran que la ambigüedad no supone un problema, ya que el contexto en el que aparece la palabra derecho nos permite identificar en qué sentido estamos utilizando esta palabra (objetivo o subjetivo). Cuando hablamos de derecho nos olvidamos del derecho subjetivo y solo nos remitimos al objetivo porque estamos imbuidos de: normativismo, formalismo y estatalismo. (es el paradigma de lo jurídico). El derecho comprende la realidad objeto de estudio y el estudio de esa realidad. Muchos autores han abordado el carácter ambiguo del término derecho, y han realizado propuestas, sin fundamento, para tratar de eliminar esa polisemia. Algunos autores han propuesto diferenciar entre Derecho y derecho. Estas propuestas responden a un intento de normativización a ultranza del Derecho. 2 – Vaguedad del término derecho (vinculado al carácter ideológico) La vaguedad afecta al concepto. Un concepto vago adolece de falta de claridad, es decir, no es claro. Los conceptos son vagos cuando no ofrecen suficiente claridad. Podemos hablar de dos perspectivas de planos: 1. . Plano connotativo o intensional -> es el conjunto de características que se predican del mismo. 2. . Plano denotativo o extensivo -> es la realidad comprendida por dicho concepto. 1 Ejemplo: Un bolígrafo, su plano connotativo sería: instrumento que sirve para escribir que emplea tinta mediante una bola situada en la punta, mientras que su plano denotativo sería: todos los bolígrafos del mundo. Hablamos por tanto de dos tipos de vaguedades: ✳ Vaguedad intensional -> se da cuando un concepto crea dudas acerca de si se deben incluir o no una serie de características dentro del mismo. Ej: el concepto bolígrafo es bastante claro. ✳ Variedad extensional -> un concepto es vago extensionalmente hablando cuando surgen dudas acerca de si incluir o no cierta realidad en ese concepto. Ej: un Pilot, aunque lo parezca, no es un bolígrafo porque no tiene la bolita en la punta que permite el paso de la tinta. A mayor intensión menor extensión, es decir cuántas más características se den de un concepto más limitada y reducida será su extensionalidad. El término derecho presenta ambas vaguedades. Vaguedad intensional en el derecho -> no hay común acuerdo entre los autores acerca de si se deben incluir o excluir ciertos rasgos, como el Estado o la Justicia. Vaguedad extensional del derecho -> el derecho es vago extensionalmente. Esta vaguedad extensional viene determinada por la intensión de las características del mismo. 3 - Textura abierta del CONCEPTO derecho (vinculado al carácter ideologico) La textura abierta también tiene relación con la ideología del derecho. Ejemplo: Coche, actualmente designa determinada realidad, habitáculo desinado al transporte de personas que se mueve por un elemento autopropulsado, antiguamente era un habitáculo destinado al transporte de personas que se movía por tracción animal. Entendemos la capacidad evolutiva de determinados conceptos (textura abierta). Un concepto puede estar abierto a posteriores cambios. La textura abierta no es sino la capacidad que tienen algunos conceptos de evolucionar y adaptarse a nuevas realidades para comprender sentidos que, anteriormente, no poseía ese concepto. Así, el concepto de derecho ha evolucionado con el tiempo. Hablar de la textura abierta del derecho no significa referir que el contenido de las normas jurídicas haya cambiado. Al hablar de textura abierta nos referimos a cómo el entendimiento de lo jurídico ha cambiado. El concepto derecho posee textura abierta -> ha evolucionado históricamente. ROMA Nuestro conocimiento de lo jurídico es distinto al que se tenía en Roma. Los romanos definían el derecho como ius est boni et aequi, (el derecho es el arte de lo bueno y lo justo, en sentido Epistemológico ¿Por qué la carga emotiva puede convertirse en un obstáculo a la hora de conceptualizar la realidad del término? Porque si el término tiene carga desfavorable hará que la persona se muestre reticente a la realidad designada por el término, porque se tiende a mirar de diferente forma la realidad significada por el término, en la carga emotiva se hacen presentes aspectos de índole ideológica DIFICULTADES DE CARÁCTER IDEOLÓGICO A LA HORA DE DEFINIR DERECHO ¿Qué es ideología? Ideología es un término con vaguedad, textura abierta y carga emotiva. Matiz entre tener ideología y participar de una ideología. • Tener ideología: creencias, principios y valores. Casi todo el mundo tiene una ideología, una idea de lugar. • Participar de una ideología: la ideología teórica con la practica (proyección practica de la ideología). En ocasiones tendemos a circunscribir al ámbito de la política, nada que ver con el origen (Francia post revolucionaria) cuando era un término muy abierto. El término ideología aparece en Francia, y lo acuña el pensador y político liberal del s.XIX Antoine Destutt de Tracy. Etimológicamente, significa ciencia de las ideas. ✳ En una obra suya, Ideología, Destutt estudia el origen de las ideas. Como empirista que es, Destutt de Tracy afirma que las ideas tienen su origen en los sentidos. ✳ En su carrera política, Destutt dirigió un grupo opositor a Napoleón, quien, para definir al grupo de Destutt, acuña el término ideólogos (que participan de una tenebrosa metafísica), en un intento por descalificar al grupo opositor a él. Es decir, Napoleón introduce una connotación negativa a ideología, que no hará sino aumentar en el futuro. En el pensamiento racionalista – ilustrado, ideología mantiene el carácter peyorativo de ideología, pero se acerca más a la concepción actual del término. Para estos pensadores, ideología se compone de ideas, creencias, opiniones que recibimos por tradición y que actúan a modo de prejuicios, distorsionando el conocimiento de la realidad de forma objetiva y rigurosa. Es decir: Ideología = Prejuicio. Con Marx, ideología aumenta aún más su connotación peyorativa. ✳ En La ideología alemana, identifica la ideología con un pensamiento alejado de la realidad. También lo vincula a la idea de falseamiento de la realidad. ✳ En El Capital, Marx afirma que la ideología, además de estar alejada de la realidad, es un modo de pensar. ✳ Lo ideológico estará presente en todos los aspectos del concepto marxiano de súper estructura (Derecho, Estado, Religión, Arte, etc.), que está determinada por las relaciones económicas de producción (infraestructura), y que busca falsear la realidad y perpetuarse en el poder. ✳ Dictadura del proletariado: disipar las clases sociales y que sea el obrero quien tenga el poder, suprimiendo así el estado y el derecho. ✳ El paradigma de la ideología en Marx lo encontramos con su famosa afirmación de que la Religión es el opio del pueblo, pues se aleja de la realidad y la falsea. Mario Stoppino distingue: 1. Ideología en sentido fuerte -> está unida a la idea de falseamiento, bien porque lo incorpora a su concepto, bien porque, aún no incorporándolo, lo ideológico puede falsear. Lo ideológico en sentido fuerte puede operar de tres maneras diferentes: -Falsa representación de la realidad: Por un apasionamiento la realidad puede venir distorsionada, no somos conscientes de ello, lo ideológico interfiere en nuestra percepción de la realidad, distorsionándola, nubla la capacidad cognitiva, no es voluntario. -Falsa presentación de la realidad: Presentar la realidad distorsionada para suplir o satisfacer nuestros intereses, conforme a la ideología de cada uno, hay un componente ético (por falsear la realidad) -Falsa motivación del actuar: por no conocernos a nosotros mismos, por creérselo cada uno, falsear una argumentación para justificar nuestro modo de actuar. 2. Ideología en sentido débil -> todo aquel concepto de ideología que no conlleve la idea de falsedad o falseamiento. Constituye una exigencia epistemológica el tratar de mantenernos al margen de la influencia de lo ideológico en sentido fuerte, que impide una percepción no falseada de la realidad y que puede hacernos presentar ésta de forma errónea. No podemos aparcar nuestra ideología (en sentido débil), es imposible afrontar la realidad de forma desideologizada. Todos tenemos una ideología, que nos condiciona. Es imposible aparcar nuestra ideología, por lo que deberemos mantenernos alerta para que lo ideológico actúe en sentido débil y no en el sentido fuerte, con el cual falsearemos la realidad. Existen condicionantes ideológicos que afectan al sujeto que conoce cierta realidad. También hay condicionantes ideológicos en relación con el objeto de estudio. Ej: la Historia, las Ciencias Políticas, están condicionadas ideológicamente. El planteamiento tridimensionalista de Legaz o Reale es distinto de los planteamientos de Kelsen, que es tildado por Reale como reduccionista. Cabría pensar que el modo de entender el derecho por parte de Kelsen es una visión aséptica y neutral, no condicionada ideológicamente. Para Kelsen, lo jurídico, en su pureza, queda limitado al ámbito normativo: así, los ámbitos fáctico – social y valorativo son meta-jurídicos. Manuel Atienza considera que la concepción de Kelsen también está ideológicamente condicionada. Cualquier concepto de derecho se halla ideológicamente condicionado. La búsqueda del concepto de derecho también esta ideológicamente condicionada.