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Esquema Derecho (Temas del 1 al 4), Ejercicios de Relaciones Públicas

Asignatura: 2º publicidad y relaciones publicas, Profesor: Fernando Falcón y Tella, Carrera: Publicidad y Relaciones Públicas, Universidad: UCM

Tipo: Ejercicios

2017/2018

Subido el 07/03/2018

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¡Descarga Esquema Derecho (Temas del 1 al 4) y más Ejercicios en PDF de Relaciones Públicas solo en Docsity! ESQUEMA DERECHO LECCIÓN 1. LAS DIVERSAS PESPECTICAS PARA ABORDAR Y CONSTRUIR EL CONCEPTO DE DERECHO 1.3 PUNTO DE VISTA MATERIAL • Diferencia el derecho de todas las demás normas es que están escritas y reflejadas en el BOE Cuestión de la antonimia.1 • Derecho como conjunto de normas (código penal, código de comercio, leyes laborales, leyes administrativas) u orden normativo que regula la conducta del hombre en sociedad.2 EL DERECHO ES: • Coactivo: Sanciona y arbitra para hacerlas efectivas. La policía es el instrumento del que se vale el derecho cumplimiento, quien sanciona es el juez. • Aplicable a todo el mundo. • De obligado cumplimiento. • Heterónomo: impuesto desde fuera. Diferenciar entre: 1. DERECHO: Normas jurídicas de obligado cumplimiento. Bilateralidad. Regula las relaciones entre dos partes. DISTINCIÓN: Públicas y Privadas. 2. MORAL: Unilateral. 3. USOS SOCIALES: Conjunto de normas consensuadas, reglas individuales de una familia. Multilateral. PÁGINA 41 Esquema. Es importante diferenciar entre el derecho: • OBJETIVO: Derecho. Indica el conjunto de las normas de conducta. • Positivo: válido en unas determinadas coordenadas espaciotemporales, y vigente “aquí” y “ahora”. Sinónimo de derecho vigente. Atiende a aspectos formales. ■ Ordenamiento jurídico: Conjunto de las normas jurídicas. ■ Norma jurídica: Cada apartado. Relación cualitativa entre norma jurídica y ley. 3 Hay normas jurídicas que no son leyes, pero leyes que sí son normas jurídicas. • Natural: Atemporal y A espacial válido en cualquier lugar y momento histórico que hace depender la validez de la norma de su justicia. • SUBJETIVO: derecho. Facultad de obrar que tienen las personas amparada en el derecho objetivo en la norma de conducta. Derecho a la intimidad. 1 Finalidad última del derecho: regular el comportamiento de las personas en sociedad. Para lograr algo, paz social, convivencia pacífica. Real Decreto- Ley L y ordinariaTIPOS DE LEYES Aproba as p r el poder ejecutivol gislativo Legislativo gánic La desobediencia civil, consiste en incumplir una norma jurídica (acto ilícito). Nadie que no sea ciudadano puede llevar una desobediencia civil. LAS LEYES Los parlamentos autonómicos pueden aprobar algunas leyes y en los artículos 148 y 149 se dice los tipos de materias donde tiene competencia el estado y en cuales las autonómicas. Tipos de leyes que hay: • Las que aprueba el congreso: Leyes estatales. • Las que aprueba el parlamento autonómico: Leyes autonómicas. Las cuatro clases de leyes tienen el mismo rango jerárquico. Aprobadas por el poder legislativo: Diferencias entre ley ordinaria y orgánica: 1. Lo que se exige. Ordinaria mayoría simple (175), orgánica mayoría absoluta. 2. La materia que regula. Hay determinadas materias. 2.a.Artículo 81.14 Establece qué materias quedan organizadas por la ley orgánica. Leyes aprobadas por la mitad 175 +1. • La ley ordinaria: queda reservada para ordenar el resto de materias que no regule la orgánica. Regulación de los derechos fundamentales y libertades públicas. Artículo 30.2- 15.29 Solamente las que contienen el desarrollo completo de un derecho fundamental. • Leyes orgánicas: El articulo 81 recoge que las leyes orgánicas son las relativas • Al desarrollo de los derechos fundamentales y las libertades públicas. • Las que aprueban los estatutos de autonomía y el régimen electoral general. • Con “…y las demás previstas en la constitución.” ■ Artículos: 156.15 - 546 – 92 7 Consejo de estado, tribunal de cuentas, organización militar, referéndum, iniciativa popular… La mayoría de las instituciones importantes están reguladas mediante la ley orgánica. Aprobadas por el poder ejecutivo • Real decreto Ley: Extraordinaria y urgente necesidad se le permite al gobierno aprobar una ley que después tendrá que convalidar el congreso en el plazo de 30 días (naturales), mediante mayoría absoluta. No se podrá dictar un decreto ley que regule ciertas materias. Cuando se convalida no se puede modificar, si se vota y no se aprueba queda derogado automáticamente. Art 86.18. Constitución ley reglamento (según desarrollo) • Ej. Un asesinato. El supuesto de hecho en un asesinato es matar a alguien con alevosía, recompensa, etc… Se denominan normas jurídicas incompletas las que les falta alguno de estos elementos. No hablamos de este esquema si hablamos de donaciones legales. Código penal 138 Homicidio Matar 10-15 años Código penal 139 Asesinato Matar dándose una de las siguientes circunstancias: alevosía, por precio o recompensa, con ensañamiento 15 – 20 años Código penal 140 Asesinato cualificado Dos de los 3 requisitos del asesinato 20 – 25 años Los antecedentes penales tienen repercusión a la hora de ingresar en prisión. En caso de ley penal yo seré juzgado por la ley en vigor en el momento de llevar a cabo esa conducta. Derecho penal NO es retroactivo. Consecuencias jurídicas varía con el tiempo. Se denominan normas jurídicas incompletas las que les falta alguno de estos elementos. No hablamos de este esquema si hablamos de donaciones legales. La finalidad de la norma es proteger el derecho a la vida. Norma jurídica – relación de imputación – vínculo arbitrario convencional Si es A debe ser B. (Válida o no válida) Ley física – relación de causalidad – vínculo necesario Si es A es B. Verdadero o Falso ---- LECCIÓN 4: CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS 4.1 NORMAS PRIMARIAS Y NORMAS SECUNDARIAS La clasificación que ofrece el manual recoge una serie de normas, pero no todas. Lo que nos permite diferenciar entre primario y secundario es: • Criterio temporal o tecnológico: • Tesis tradicional: ■ Normas primarias: Serian aquellas normas anteriores en el tiempo que regulan la conducta de las personas. Destinatarios los ciudadanos. ■ Normas secundarias: que van posteriores en el tiempo y que serían las normas que contienen la sanción para el caso de incumplimiento de una norma primaria. Destinatario los tribunales. • El criterio funcional: • Tesis innovadora: Teniendo en cuenta que el derecho es coactivo establece que: ■ Las normas primarias serían aquellas que imponen sanciones. ■ Las normas secundarias serían aquellas normas de conducta. (Contradicción con la tesis tradicional) • Criterio jerárquico: Nos permite distinguir dentro de un conjunto y ver cuál de las dos tiene más importancia o más jerarquía. • Tesis constitucionalista: Autores que estudian el derecho constitucional. La jerarquía de cada norma es la que distingue entre norma primaria o secundaria. ■ Norma primaria será la jerárquicamente superior. ■ Norma secundaria las que están por debajo de la primaria. Orden: Constitución, Ley o ley orgánica (problema puede ser que se encuentren dos normas de mismo ámbito jerárquico), reglamento secundario. Estos tres criterios se pueden fusionar dependiendo. Y los tres criterios son válidos. 4.2 CLASIFICACIÓN POR LA EFICACIA MATERIAL GLOSARIO DE CONCEPTOS Sentencia firme: no se puede recurrir. Normas comunitarias (Unión Europea). Cohecho y prevaricación: Desde la prevaricación, delito que se produce cuando se un juez o una autoridad dicta una sentencia injusta a sabiendas de que lo es; al cohecho, cuando se reciben comisiones o dádivas por parte de los funcionarios públicos; pasando por la malversación de fondos; cuando se sustrae dinero público, y delitos relacionados... Consejo general del poder judicial: Es el órgano que regula a los jueces. Tribuna de cuentas: Revisa cuentas de administración pública. Regulación del Defensor del pueblo: la patronal. Defender los derechos fundamentales. Ser testigo. Recoge las quejas ciudadanas. Real decreto legislativo: Une diferentes leyes en un solo todo. Reales decretos o reglamentos: inferiores a la ley (norma aprobada por el Gobierno de España y autonómicos). Relación de imputación: El vínculo que une el supuesto de hecho con la norma jurídica. Consecuencias jurídicas varía con el tiempo. IRPF: Impuesto renta 1 ARTÍCULO 47: Derecho a una vivienda digna. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. 2 ARTÍCULO 14: Los españoles son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. 3 ARTÍCULO 96.1: Los tratados internacionales válidamente celebrados, una vez publicados oficialmente en España, formarán parte del ordenamiento interno. Sus disposiciones sólo podrán ser derogadas, modificadas o suspendidas en la forma prevista en los propios tratados o de acuerdo con las normas generales del Derecho internacional. 4 ARTÍCULO 81: 1. Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución. 2. La aprobación, modificación o derogación de las leyes orgánicas exigirá mayoría absoluta del Congreso, en una votación final sobre el conjunto del proyecto. 5 ARTÍCULO El Tribunal Constitucional tiene jurisdicción en todo el territorio español y es competente para conocer: a) Del recurso de inconstitucionalidad contra leyes y disposiciones normativas con fuerza de ley. La declaración de inconstitucionalidad de una norma jurídica con rango de ley, interpretada por la jurisprudencia, afectará a ésta, si bien la sentencia o sentencias recaídas no perderán el valor de cosa juzgada. b) Del recurso de amparo por violación de los derechos y libertades referidos en el artículo 53, 2, de esta Constitución, en los casos y formas que la ley establezca. c) De los conflictos de competencia entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de los de éstas entre sí. d) De las demás materias que le atribuyan la Constitución o las leyes orgánicas. 6 ARTÍCULO Una ley orgánica regulará la institución del Defensor del Pueblo, como alto comisionado de las Cortes Generales, designado por éstas para la defensa de los derechos comprendidos en este Título, a cuyo efecto podrá supervisar la actividad de la Administración, dando cuenta a las Cortes Generales. 7 ARTÍCULO Las decisiones políticas de especial trascendencia podrán ser sometidas a referéndum consultivo de todos los ciudadanos. El referéndum será convocado por el Rey, mediante propuesta del presidente del Gobierno, previamente autorizada por el Congreso de los Diputados. Una ley orgánica regulará las condiciones y el procedimiento de las distintas modalidades de referéndum previstas en esta Constitución 8 ARTÍCULO 86.1: En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podrá dictar disposiciones legislativas provisionales que tomarán la forma de Decretos-leyes y que no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado, a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, al régimen de las Comunidades Autónomas ni al Derecho electoral general.
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