¡Descarga Organización Constitucional del Estado: Lección 8 - Cortes Generales: Estructura y Elecció y más Apuntes en PDF de Derecho Constitucional solo en Docsity! Módulo III: La organización constitucional del Estado Lección 8: Las Cortes Generales: estructura y elección DERECHO CONSTITUCIONAL DOBLE GRADO DADE CURSO ACADÉMICO 2011/2012 ESQUEMA El Parlamento como órgano de representación El bicameralismo Sistema electoral y procedimiento electoral Organización interna de las Cámaras Grupos parlamentarios El estatuto de los parlamentarios 1. El Parlamento como órgano de representación La representatividad del Parlamento conlleva dos notas: La irrevocabilidad del representante: confirmar que la mayoría de electores quiere deseaban la destitución y luego proceder a una nueva elección La prohibición del mandato imperativo: El representante no puede se obligado a emitir un voto determinado El representante no puede ser obligado a abandonar su escaño por decisión del partido. Representan al pueblo y no al partido Sin embargo el Parlamento actual gira en torno a los partidos políticos = Ya no hay diputado libre de compromisos II. El Bicameralismo Desde el s. XIX, la mayor parte de los Estados democráticos cuentan con un Parlamento bicameral. Distintas concepciones del bicameralismo: Aristocrático (modelo británico): Cámara de representación popular y Cámara de corte aristocrático (carente de legitimidad democrática). Representaban las distintas realidades sociales Democrático: Las dos Cámaras de condición electiva, mediante sufragio Bicameralismo federal (EEUU) Representación democrática en torno a la población y no al territorio. Cámara de Representantes (principio democrático) y Senado (representación estatal) De acuerdo con las funciones que desempeña cada una de las Cámaras podemos distinguir: Bicameralismo perfecto Bicameralismo imperfecto II. Bicameralismo En España se sigue un modelo bicameral democrático imperfecto (art. 66.1 CE): En la actualidad, nuestro Parlamento adopta la denominación de Cortes Generales: Congreso: Cámara de representación popular Senado: Cámara de representación de las CCAA (en teoría porque en la práctica es una Cámara de representación ciudadana) = Reforma constitucional III. Sistema electoral y procedimiento electoral A) Representación mayoritaria El primer candidato en votos se lleva el escaño correspondiente Sistema asociado a un régimen de dos partidos principales Existencia de distritos uninominales Variantes: única elección (R. Unido) / a dos vueltas (Francia) Problemas: Favorece en cierta medida el caciquismo Dificulta la aparición de terceros partidos: reparto de escaños no responde al % de votos de cada partido Ventajas: Mayor valor democrático (conocimiento electores) Sistema práctico: Estabilidad y coherencia política III. Sistema electoral y procedimiento electoral B) Representación proporcional Pretende reflejar el respaldo que los distintos partidos políticos reciben del electorado: nº de escaños se corresponde con el % de votos recibidos Supone un sistema de lista de candidatos Se efectúa en circunscripciones plurinominales Problemas: Por debajo de 7 escaños el reparto es defectuoso Algún escaño puede quedar sin beneficiario (restos) Menos práctico para gobernar (pactos) Ventajas: Favorece la aparición de sistemas multipartidistas Sistema más justo: da a cada candidatura una representación equivalente a los votos obtenidos III. Sistema electoral y procedimiento electoral La Constitución ha establecido dos sistemas electorales diferentes para cada una de las Cámaras que forman las Cortes Generales: Sistema de elección del Congreso de los Diputados: sistema proporcional Sistema de elección del Senado: sistema mayoritario IV. Organización interna de las Cámaras 1. Duración del mandato: la legislatura El Parlamento se renueva cada 4 años como máximo El periodo de duración del mandato de las Cortes Generales se denomina legislatura: desde la celebración de las elecciones hasta la disolución de las Cámaras. 2. Constitución y disolución de las Cámaras Tras las elecciones, las Cámaras deben constituirse: Elección de la Mesa Juramento o promesa de los parlamentarios de acatar la Constitución. La disolución de las Cámaras se produce: Finalizada la legislatura Por no lograr un candidato a la presidencia (Art. 99.5 CE) De forma anticipada: decisión del Presidente del Gobierno (Art. 115 CE) IV. Organización interna de las Cámaras 3. Periodos de sesiones Sesiones ordinarias, que, a su vez, se dividen en dos periodos de sesiones al año De septiembre a diciembre De febrero a junio Sesiones extraordinarias, a solicitud de Gobierno La Diputación permanente Mayoría de la Cámara IV. Organización interna de las Cámaras Autonomía organizativa: organización de las Cámaras Las Cámaras pueden adoptar la organización interna que estimen conveniente (autonomía organizativa, normativa y presupuestaria) Las Cámaras funcionan en Pleno y en comisiones Pleno: ostenta las principales funciones constitucionales (aprobar las leyes; los presupuestos y el control del Gobierno) Comisiones: Permanentes: para toda la legislatura. Legislativas No legislativas Temporales: comisiones de investigación Ponencias: grupos de trabajo dentro de las Comisiones V. Grupos parlamentarios Grupos parlamentarios: Diputados que comparten una misma visión política. Suelen coincidir con las formaciones políticas. Naturaleza jurídica: no son órganos de las Cámaras ni tampoco son órganos de los partidos políticos. Son asociaciones o uniones de hecho, de carácter privado y temporal que desarrollan funciones públicas Se rigen y organizan de forma autónoma En ningún caso se exige que los diputados de un Grupo sean miembros de un mismo partido. No están sujetos a mandatos de partidos. Actúan por cuenta propia Límites establecidos en los Reglamentos de las Cámaras a la hora de su constitución VI. Estatuto de los parlamentarios Los parlamentarios, por la función que desempeñan, gozan de ciertas prerrogativas y privilegios y también se someten a un estricto régimen de incompatibilidades. Objetivo: garantizar el funcionamiento normal del Parlamento y evitar que se impida o dificulte la actuación de los parlamentarios en las Cámaras Privilegios parlamentarios Inviolabilidad (art. 71.1 CE). Inmunidad (art. 71.2 CE) Fuero especial (art. 71.3 CE) VI. Estatuto de los parlamentarios Inviolabilidad Irresponsabilidad de los parlamentarios por todo lo que dicen y hacen en su actuación oficial. Se intenta perseguir la libertad de expresión en el debate parlamentario Se caracteriza por: Sólo cubre lo realizado en las funciones oficiales del Parlamento Tiene un alcance absoluto y perpetuo: alcanza a todas las manifestaciones y para toda la vida