Docsity
Docsity

Prepara tus exámenes
Prepara tus exámenes

Prepara tus exámenes y mejora tus resultados gracias a la gran cantidad de recursos disponibles en Docsity


Consigue puntos base para descargar
Consigue puntos base para descargar

Gana puntos ayudando a otros estudiantes o consíguelos activando un Plan Premium


Orientación Universidad
Orientación Universidad

CONTRATO DE LOCACION , Apuntes de Diseño

Asignatura: penal i, Profesor: antonio garcia, Carrera: Diseño de Interiores, Universidad: Nebrija

Tipo: Apuntes

2015/2016

Subido el 26/06/2016

nano_nyg_galvez
nano_nyg_galvez 🇪🇸

1 documento

Vista previa parcial del texto

¡Descarga CONTRATO DE LOCACION y más Apuntes en PDF de Diseño solo en Docsity! CONTRATO DE LOCACION Entre la Sra. JUANA RODRIGUEZ – CUIT 27-03082592-1 argentina, viuda con domicilio Avda. Mitre 624/626 – Piso primero, en lo suceswivo LA LOCADORA, por una parte, y los Sres Jenny Benaventez CUIL ……………………, Marisa benaventez CUIL ……………………. Argentinos mayor de edad, domiciliado a los efectos contractuales en el local que por este acto se alquila, en adelante, LOS LOCATARIOS, por la otra parte, se a convenido en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a las siguientes clausulas y condiciones: PRIMERA: LA LOCADORA cede en locación a los LOCATARIOS y estos aceptan el local sito en Avda. Mitre Nº 624 – Planta Baja de esta ciudad, el que consta de 102 m2, baño, espacio para cocina, totalmente vidriado y enrejado alrededor. La unidad se entrega, con una docena de artefactos eléctricos con susw correspondientes tubos fluorescentes grandes funcionanado y seis llaves térmicas y demás elementos (dos cerraduras con sus llaves, vidrios, herrajes, instalaciones, etc) en buenas condiciones, debiendo ser devuelta en el mismo estado en el que hoy se entrega.- SEGUNDA: El termino de duración del presente se conviene en treinta y seis (36) meses, a partir del dia 1 de abril de 2016, venciendo automáticamente el 31 de marzo de 2019. Si LOS LOCATARIOS, permanecieren en la unidad locada luego de esa fechasin otorgar nuevo contrato, deberán abonar una multa del 100% del ultimo alquiler devengado, independientemente de su obligación de seguir cumpliendo con todas las demás exigencias derivadas de este instrumento.- TERCERA: El precio del alquiler mensual se conviene en la suma de PESOS ………………………. El canon será siempre pagaderos en pesos de curso legal a nivel nacional no teniendo efectos cancelatorios los bonos, tiket, títulos, ni ningún otro medio de pago.- CUARTA: El arrendamiento deberá abonarse por adelantado, del dia 1 al 10 de cada mes en Avda Mitre 624/626- piso Primer o donde LA LOCADORA lo indicare en el futuro. La falta de pago en términos y en las condiciones estipuladas precedentemente, hara incurrir en mora a LOS LOCATARIOS de pleno derecho, sin necesidad de interpelación alguna, debiendo abonar en tal caso, además del alquiler, una multa del 0,5 del canon debido por cada dia de mora.- QUINTA: LA LOCADORA tomaa su cargo el pago del impuesto inmobiliario (padrón 314.389) mientras que la Contribucion Municipal que incide sobre el inmueble n(Padron 128.766), correra por cuenta exclusiva de los LOCATARIOS. La Fctura de la Sat será prorrateada en tres partes, obligándose LOS LOCATARIOS a abonar un tercio de la misma. LOS LOCATARIOS deberán solicitar los medidores de Gasnor y Edet al entrar y darles de baja al desocupar el inmueble, servicios que también serán soportados por los LOCATARIOS y tendrán que abonarlos directamente en las instituciones habilitadas al efecto y entregar de inmediato las facturas pagadas a LA LOCADORA, quedando en poder de aquellos fotocopias autenticas de los mismos.- SEXTA: Los pagos que practiquen LOS LOCATARIOS se imputaran a atender los servicios que mas abajo se detallan en los siguiente orden de prelación 1) Multas por Mora; 2) Servicios; 3) Contribuciones; 4) Alquileres, no pudiendo alterarse el mismo por ningún concepto. De lo convenido se desprende que no se les recibirá el alquiler del mes si previamente no abonaran todos los servicios y contribuciones que estuvieren pendientes de pago.- SEPTIMA: LOS LOCATARIOS no podrán introducir cambios ni modificaciones de ningún tipo, aun cuando fuesen mejoras, sin la autorización previa y por escrito de LA LOCADORA , quedando las mejoras que efectúen en beneficio del inmueble y sin derecho a retribución alguna.- OCTAVA: Si bien la unidad no devenga el pago de expensas, el mantenimiento de la misma en buen estado de uso y conservación correra exclusivamente por cuenta de LOS LOCATARIOS.- NOVENA: La propiedad se destinara a comercio (específicamente Academia de Danzas para Niñas) de LOS LOCATARIOS; no pudiendo cambiar el objeto, ceder, sublocar, total o parcialmente, permanente o transitoriamente, en forma gratuita u onerosa, ni transferir este contrato a cualquier titulo que fuera. En caso de cambio de destino deberá formalizarse nuevo contrato.- DECIMA: LA LOCADORA no se responsabiliza por daños materiales, físicos ni morales, causados por el inmueble o sus vecinos, por desperfectos, inundaciones, rajaduras, incendios, accidentes o cualquier otro siniestro que se produzca en la unidad, ya sea que los mismos afecten a LOS LOCATARIOS, personal a su cargo o terceros.- DECIMOPRIMERA: La inobservancia de los Reglamentos del Consorcio, la falta de cumplimiento de cualquier clausula del presente convenio, en especial la falta de pago de un mes de alquiler, de tres facturas de contribuciones o servicios, la incursión en mora de tres meses seguidos o seis alternados, facultara a LA LOCADORA a rescindirlo o exigir su cumplimiento, sin menoscabo de su derecho a reclamar todo daño y perjuicio que se le ocasionare.-
Docsity logo



Copyright © 2024 Ladybird Srl - Via Leonardo da Vinci 16, 10126, Torino, Italy - VAT 10816460017 - All rights reserved